RESUMEN
- Como estructura jurídica también se considerará a los fideicomisos, acuerdos legales similares, patrimonios autónomos o cualquier otra unidad económica que carece de personalidad jurídica.
- Son beneficiario final, en el caso de una persona jurídica (incluyendo a fideicomisos), la persona natural que, directa o indirectamente, actuando sola o conjuntamente, posea como mínimo el 10% del capital.
- Son beneficiario final, en el caso de fideicomisos, las personas naturales que ostenten la calidad de fideicomitente o constituyente, constituyente adherente, protector, fiduciario, fideicomisario, beneficiario o parte del grupo de beneficiarios, y a cualquier otra persona natural que ejerza el control efectivo final sobre el fideicomiso.
- La presentación del primer reporte anual sobre beneficiarios finales e integrantes de la cadena de titularidad serán dentro de los 3 meses siguientes a la fecha en que el SRI comunique que ha finalizado el proceso de implementación del Registro de Beneficiarios Finales.
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RESOLUCIÓN
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