Boletín OHM-167-2020
RESUMEN
El Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), resuelve:
Definir la prima para el financiamiento de las décimas tercera y cuarta remuneración y auxilios funerales.
Artículo 1. – Se añadirá el 0.50% a las primas del seguro de invalidez, vejez y muerte de los trabajadores en relación de dependencia, desde el inicio del periodo fiscal del año 2021.
El porcentaje de aportación de los trabajadores a tiempo parcial se calculará sobre el salario o remuneración realmente percibido.
Articulo 2. – Fijar en 0.50% la prima de seguro de desempleo desde el inicio del periodo fiscal del año 2021, a los trabajadores con relación de dependencia.
Disposiciones generales
Su aplicación es de manera obligatoria a partir del periodo fiscal 2021.
RESOLUCIÓN
Descarga AQUÍ la Resolución No. C.D. 609 (Consejo Directivo del IESS)
Vigente a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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