El IESS confirma que el porcentaje de aporte no se incrementará desde el 01/01/2021, solo se distribuirá en los porcentajes establecidos en la resolución.

Boletín OHM-167-2020

RESUMEN

El Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), resuelve:

Definir la prima para el financiamiento de las décimas tercera y cuarta remuneración y auxilios funerales.

Artículo 1. – Se añadirá el 0.50% a las primas del seguro de invalidez, vejez y muerte de los trabajadores en relación de dependencia, desde el inicio del periodo fiscal del año 2021.

El porcentaje de aportación de los trabajadores a tiempo parcial se calculará sobre el salario o remuneración realmente percibido.

Articulo 2. – Fijar en 0.50% la prima de seguro de desempleo desde el inicio del periodo fiscal del año 2021, a los trabajadores con relación de dependencia.

Disposiciones generales

Su aplicación es de manera obligatoria a partir del periodo fiscal 2021.

RESOLUCIÓN

Descarga AQUÍ la Resolución No. C.D. 609 (Consejo Directivo del IESS)

Vigente a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

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