RESUMEN
El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió una nueva resolución que establece las normas para el registro de los proveedores de sistemas informáticos o servicios de facturación electrónica. La medida aplica a desarrolladores, propietarios de licencias y titulares del código fuente de estos sistemas domiciliados en Ecuador o con establecimiento permanente en el país.
Entre las principales disposiciones, se establece la obligación de registrar en el RUC una actividad económica específica para estas actividades, el SRI publicará un listado oficial de proveedores registrados y los emisores de comprobantes electrónicos deberán incluir en la información adicional el RUC de su proveedor de facturación electrónica.
Los contribuyentes tendrán 30 días desde la publicación de la resolución para actualizar su RUC, mientras que el nuevo requisito en los comprobantes electrónicos deberá implementarse en un plazo de 60 días calendario. El listado oficial de proveedores estará disponible a partir de octubre de 2026.
FUENTE
Para conocer más, puedes descargar la resolución haciendo clic AQUÍ
RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC26-00000027


