RESUMEN
Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2025 el plazo para que los empleadores del sector privado con 50 o más trabajadores registren sus “Planes de Igualdad” ante el Ministerio de Trabajo mediante el Sistema Único de Trabajo (SUT).
Tras esta fecha, se aplicarán controles y sanciones por incumplimiento.
Los empleadores que ya registraron físicamente sus planes y cuenten con el documento oficial no necesitan registrarlos nuevamente en el SUT, salvo lo indicado en el artículo 9 del Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-013.
Además, se deroga el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-099, publicado el 13 de agosto de 2024.
FUENTE
Para conocer más, puedes descargar el Acuerdo Ministerial haciendo clic AQUÍ
Acuerdo Ministerial Nro. MDT 202 5 083


