Boletín – 221 Reforma a las obligaciones del empleador y procedimientos de inspección Acuerdo ministerial Nro. MDT-2025-053

El empleador está obligado a registrar en la plataforma del Ministerio de Trabajo toda la documentación relacionada con su trabajador y deberá ser hasta un (1) mes posterior a su ingreso. La conservación física y digital de los documentos son de responsabilidad única y exclusiva del empleador.

El registro del acta de finiquito se lo realizará en un plazo máximo de quince (15) días, contados a partir de la terminación de la relación laboral.

El empleador está obligado a entregar toda la documentación contractual con el trabajador cuando este lo requiera.

Los empleadores de servicio doméstico y con calificación artesanal, tiene que cumplir con lo dispuesto en este Acuerdo Ministerial.

Del código HASH, este contiene características únicas y se utilizará para dar validación a documentos cargados al sistema del Ministerio de Trabajo.

Para conocer más, puedes descargar el Acuerdo Ministerial haciendo clic AQUÍ

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