RESUMEN
Sujetos pasivos beneficiarios. – Son sujetos pasivos beneficiarios de la misma, quienes cumplan las siguientes condiciones:
a) Que, al 31 de enero de 2021, estén comprendidos y formen parte del Régimen Impositivo para Microempresas respecto a los ejercicios fiscales 2020 y/o 2021.
b) Que en el ejercicio fiscal 2020 no hayan generado utilidad (calculada antes de determinar el impuesto a la renta), sin considerar -para el efecto- ingresos y gastos atribuibles a actividades económicas ajenas al referido régimen.
Los sujetos pasivos beneficiarios que cumplan con las condiciones anteriores podrán presentar la declaración acumulada y efectuar el pago del impuesto a la renta correspondiente al primer y segundo semestre del ejercicio fiscal 2020, sin que se generen multas ni intereses, hasta las fechas señaladas en el siguiente calendario:
| Noveno digito del RUC | Fecha De vencimiento (hasta) |
| 1 | 3 de noviembre de 2021 |
| 2 | 3 de noviembre de 2021 |
| 3 | 4 de noviembre de 2021 |
| 4 | 4 de noviembre de 2021 |
| 5 | 5 de noviembre de 2021 |
| 6 | 8 de noviembre de 2021 |
| 7 | 11 de noviembre de 2021 |
| 8 | 17 de noviembre de 2021 |
| 9 | 23 de noviembre de 2021 |
| 0 | 25 de noviembre de 2021 |
RESOLUCIÓN
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RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC21-00000012


